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El gobierno y la administración autónoma del municipio corresponden al Ayuntamiento, integrado por el Alcalde y los Concejales. Estos últimos son elegidos mediante sufragio universal, igual, libre, directo y secreto, por periodos de 4 años. El Alcalde es elegido por los Concejales en sesión plenaria.
Los órganos que integran la organización municipal son los siguientes:
Pleno. Formado por el conjunto de Concejales electos, presididos por el Alcalde y asistidos por el secretario.
Alcalde. Es el Presidente de la Corporación y entre otras funciones destacan representar al Ayuntamiento; convocar y presidir las sesiones del Pleno, la Comisión de Gobierno y cualquier otro organismo municipal; dirigir, inspeccionar e impulsar los servicios y obras municipales, etc.
Teniente/s de Alcalde. Sustituye al Alcalde en caso de ausencia o enfermedad. Función que realiza de forma independiente a la competencia que le corresponda en el área como Edil.
La Comisión de Gobierno. Integrada por el Alcalde y aquellos Concejales nombrados y separados libremente por él, dando cuenta al Pleno.
Comisiones Informativas. Estudian aquellos asuntos que son relevantes para el municipio, pasando, posteriormente un informe al Pleno Municipal, para su aprobación.
A nivel particular, cada uno de los Concejales que integran la Comisión de Gobierno, mantiene una serie de competencias municipales propias respecto al área de su responsabilidad.

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